Pleno 12/2012: Oficina Municipal contra los Desahucios (+ví­deo)

http://desterritoiresauxgrandesecoles.org/?kantorapiwet=metz-annonce-adulte&5dd=59 351720174_33b7e789d1 Sakado (Ver ví­deo al final del texto)

Texto í­ntegro de la moción presentada por nuestro Grupo Municipal en el pleno de noviembre de 2012, aprobada por unanimidad, en la que «El Ayuntamiento de Dos Hermanas firmará con la Consejerí­a de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucí­a el Convenio de Colaboración en el Programa Andaluz en Defensa de la Vivienda, con el objeto de ofrecer a los ciudadanos y ciudadanas residentes en nuestro término municipal el asesoramiento, la intermediación y la protección adecuadas para prevenir que puedan perder su residencia habitual y permanente, cuando atraviesen dificultades que la pongan en riesgo, con la finalidad de evitar que sean privadas de la misma».

El artí­culo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así­ como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez y otros casos de pérdidas de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

Vemos como en España, las familias despojadas de su vivienda lo son por el endeudamiento sobrevenido tras el estallido de la burbuja financiera e inmobiliaria, que ha traí­do, como consecuencia, la pérdida de empleo, que en Andalucí­a alcanza cerca del 40 % de la población activa, y sabemos que mientras existen medidas para el rescate de las entidades de crédito con aval público, no se ha puesto en marcha, desde el Gobierno central, una sola medida que vaya dirigida al rescate efectivo de las personas y las familias sobre-endeudadas.

Andalucí­a es la comunidad autónoma que encabeza el dato de desahucios en viviendas libres, con 68.053 ejecuciones hipotecarias entre 2007 y 2011. Y los primeros datos de 2012 indican que la progresión aumenta de manera escandalosa.

El número de desahucios durante el primer trimestre de 2012 alcanzó una nueva cifra récord de 18.424 desahucios, un 18,5 % más que en el mismo periodo de 2011. En total, el dato de ejecuciones hipotecarias (proceso previo al desahucio de la vivienda) marcó 24.792 procedimientos entre enero y marzo de 2012, un 14,1 % más que en 2011.

La ejecución hipotecaria por impago del crédito hipotecario provoca la pérdida de la vivienda habitual para miles de familias cada año y además una condena financiera de por vida. En el procedimiento judicial hipotecario la vivienda se subasta y la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que, en casos de no presentarse postores (lo que está sucediendo en el 90 % de los supuestos), el Banco o Entidad prestamista puede adjudicarse la vivienda por el 60 % del valor de tasación. Así­ no sólo se quedan con la vivienda por un precio mucho menor del que se tasó al constituir la hipoteca, sino que además una buena parte de la deuda se mantiene (una vez descontado el valor por el que se ha subastado la vivienda), incrementada por cuantiosos gastos judiciales y honorarios profesionales.

Además, como resultado de todo ello, a las personas deudoras se le embargarán bienes e ingresos presentes y futuros hasta saldar la totalidad de la deuda.

La legislación que permite todo lo anterior es anómala y no tiene comparativa con las legislaciones de otros paí­ses de nuestro entorno. Además era muy desconocida por las familias cuando firmaron los contratos hipotecarios.

Todo lo aquí­ expuesto vulnera el derecho a la vivienda que, como mandato constitucional, está recogido en el artí­culo 47 de la Constitución Española, que dice: «Todos los españoles tienen derecho a una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación».

Por otro lado, uno de los indicadores más visibles del uso especulativo y antisocial del parque de viviendas es la proporción de viviendas vací­as. La ratio española es de 160 viviendas secundarias o vací­as por 1.000 habitantes. Esta proporción dobla la media europea.

Los efectos dramáticos de la situación descrita se concretan de una forma especial en el ámbito municipal, puesto que es a los Ayuntamientos a donde se dirigen las personas y familias afectadas en busca de ayuda.

La pérdida de la vivienda priva a las personas de toda residencia y, a su vez, la ausencia de residencia conlleva la pérdida de otros derechos e impide a las personas afectadas realizarse tanto profesional como familiarmente, y en muchos casos las condena a la exclusión y marginación social y económica.

Es necesario intervenir con urgencia ante esta dramática situación.

Por todo lo anteriormente expuesto, el grupo de Municipal de Izquierda Unida Los Verdes Convocatoria por Andalucí­a somete a la consideración del Excmo. Ayuntamiento Pleno la siguiente

MOCIÓN

1. Instar al Gobierno Central para que apruebe una moratoria total o parcial, sin intereses añadidos, de las deudas hipotecarias sobre vivienda habitual, a favor de las personas que se hallen en situación de insolvencia sobrevenida de buena fe, de tal forma que se eviten los procedimientos judiciales hipotecarios, las subastas de viviendas y los desahucios que están dejando en la calle a miles de familias.

2. Instar al Gobierno Central a que adopte las medidas necesarias para que, en los supuestos de vivienda habitual e insolvencia sobrevenida, se aplique la dación en pago regulada en el artí­culo 140 de la Ley Hipotecaria, de tal forma que, a elección de la persona deudora, se pueda cancelar, sin ejecución hipotecaria, la totalidad de la deuda pendiente con la entrega de la vivienda aunque ello no se haya pactado al constituirse la hipoteca.

3. Suscribir acuerdos o convenios de colaboración con la Junta de Andalucí­a para hacer efectivo el Programa en Defensa de la Vivienda de la Consejerí­a de Fomento y Vivienda y de esta manera garantizar, hasta el cambio de la ley estatal, que las administraciones más cercanas a la ciudadaní­a intermedien, a través de las oficinas de intermediación hipotecaria en las delegaciones territoriales de la Consejerí­a de Fomento y Vivienda, con las entidades financieras para evitar los desahucios.

4. Instar a las administraciones con competencias, Gobierno y Junta de Andalucí­a, a que hagan efectivo el uso social de la vivienda, recogido en los tratados internacionales, Constitución española y Estatuto, y de esta forma deje de crecer el parque de viviendas vací­as, a costa de quienes pierden sus viviendas en manos de las entidades bancarias. Se hace necesario que de manera urgente se habiliten normas esenciales para movilizar el parque de viviendas deshabitadas existentes en Andalucí­a y se fomente el alquiler adecuado.

5. Más allá de las medidas de competencia supramunicipal, se emprenderán a nivel municipal las siguientes:

(a) El Ayuntamiento de Dos Hermanas firmará con la Consejerí­a de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucí­a el Convenio de Colaboración en el Programa Andaluz en Defensa de la Vivienda, con el objeto de ofrecer a los ciudadanos y ciudadanas residentes en nuestro término municipal el asesoramiento, la intermediación y la protección adecuadas para prevenir que puedan perder su residencia habitual y permanente, cuando atraviesen dificultades que la pongan en riesgo, con la finalidad de evitar que sean privadas de la misma.

(b) En base a la firma del Convenio, con carácter prioritario, el Ayuntamiento de Dos Hermanas establecerá los mecanismos que sean precisos para su desarrollo, tanto en lo referido a dar publicidad del servicio en los medios de comunicación para que sea ampliamente conocido por la ciudadaní­a, como en la prestación de la asistencia a las personas que lo necesiten.

Dos Hermanas, noviembre de 2012

Lola Palacios, concejala IULV-CA