Pleno 3/2017: Declaración contra la transfobia y rechazo al autobús del odio

incontri sesso tn LGTBI portadaTexto íntegro de la declaración institucional apoyada por todos los grupos de la Corporación Local: 

En las últimas semanas, se han promovido mensajes de odio contra el colectivo LGTBI y en especial contra las personas transexuales; en otras palabras, manifestaciones de transfobia. En dichos mensajes, adheridos al ya conocido como “autobús del odio”, se ha podido leer que “Los niños tienen pene. Las niñas tienen vulva. Que no te engañen. Si naces hombre, eres hombre. Si eres mujer, seguirás siéndolo”. De esta manera, se incentiva el rechazo hacia la diversidad de las identidades sexuales y de género, se fomenta el acoso contra las personas transexuales -en especial contra las y los menores- y se les priva de la dignidad necesaria para el desarrollo personal.

Tanto las víctimas de transfobia y las de LGTBIfobia en general como la sociedad democrática reclaman cada vez más una intervención positiva de las administraciones que impida la impunidad y que sea restauradora, reparadora o al menos paliativa de los daños sufridos por las víctimas. La respuesta de las administraciones no es suficiente. Los derechos de las víctimas no son defendidos con la premura, la intensidad ni la eficacia que merecen.

Según la Constitución española vigente, el artículo 10 expresa que “la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y la paz social”, el artículo 14 defiende que somos “iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”; el artículo 15 reconoce el derecho “a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a (…) tratos inhumanos o degradantes”; el artículo 17.1, que “toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad”; el artículo 18.1 garantiza “el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen” y el artículo 20 reconoce y protege el derecho “a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones” (20.1), limitándolos al “respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia” (20.4).

Además, la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad define como “ilícita” la publicidad que atenta “contra la dignidad de la persona” o que vulnera “los valores y derechos reconocidos en la Constitución, especialmente a los que se refieren sus artículos 14, 18 y 20, apartado 4” (3.a).

Por su parte, el artículo 510 del Código Penal recoge que quienes provocaren “a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía serán castigados con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses” (510.1), “la misma pena que quienes difundan con conocimientos de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, (…) informaciones injuriosas sobre grupos o asociaciones” (510.2).

El Estatuto de Autonomía para Andalucía recoge en su artículo 9 que “todas las personas en Andalucía gozan como mínimo de los derechos reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos y demás instrumentos europeos e internacionales de protección de los mismos ratificados por España” y concreta en el artículo 18.1 que “las personas menores de edad tienen derecho a recibir de los poderes públicos de Andalucía la protección y la atención integral necesarias para el desarrollo de su personalidad y para su bienestar en el ámbito familiar, escolar y social, así como a percibir las prestaciones sociales que establezcan las leyes” y en el artículo 35 que “toda persona tiene derecho a que se respete su orientación sexual y su identidad de género. Los poderes públicos promoverán políticas para garantizar el ejercicio de este derecho”.

Así mismo, el artículo 43.2 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, proclama el deber de los poderes públicos de Andalucía de establecer políticas que promuevan “las acciones necesarias para eliminar la discriminación por opción sexual y transexualidad, garantizando la libertad de decisión individual”. Además, el artículo 2 de la Ley 2/2014, de 8 de julio, integral para la no discriminación por motivos de identidad de género y reconocimiento de los derechos de las personas transexuales de Andalucía reconoce que toda persona tiene derecho “al reconocimiento de su identidad de género, libremente determinada” (2.2), “a ser tratada de acuerdo con su identidad de género” (2.4) y “al ejercicio de su libertad, conforme a su identidad de género, en los diferentes ámbitos de la vida social” (2.5).

El Ayuntamiento de Dos Hermanas, en colaboración con los colectivos LGTBI, tales como Fundación Triángulo, Defrente…., ya conmemora el “Día contra la LGTBIfobia” 17 de mayo, con actividades dirigidas al alumnado de los IES y a la ciudadanía, tales como: “por la Diversidad sexual”, ciclo de cortos con debate posterior, izado de la bandera LGTBI, banderolas calle Real, material de sensibilización y respeto a la diversidad, así como el 28 de junio se conmemora: “Día por los derechos de las personas LGTBI”,

Por todo lo anterior, los grupos municipales del Ayuntamiento de Dos Hermanas abajo firmantes, hacemos esta Declaración Institucional:

Nos manifestamos contrario a la difusión de cualquier mensaje de odio por orientación e identidad sexual y expresión de género.

Impediremos, según nuestras competencias, la difusión de cualquier mensaje de odio por orientación o identidad sexual y expresión de género.

Aplicaremos las sanciones correspondientes por incumplir las posibles ordenanzas municipales sobre publicidad en la vía pública.

Mostramos nuestro rechazo total ante los mensajes que niegan la identidad de las personas trans, especialmente menores, como el exhibido por el autobús de “Hazte Oír”.

Instamos al gobierno central para que retire a “Hazte Oír.org” la declaración de utilidad pública.

Apoyamos al colectivo LGTBI y en particular al colectivo transexual en la defensa y la difusión de sus derechos.

Desarrollaremos en la medida de sus competencias la Ley 2/2014, de 8 de julio, integral para la no discriminación por motivos de identidad de género y reconocimiento de los derechos de las personas transexuales de Andalucía.

Visibilizaremos al colectivo transexual, izando la bandera trans en fechas como el 23 de octubre, Día Internacional por la Despatologización Trans; y el 20 de noviembre, Día Internacional de la Memoria Trans, así como cuantas medidas recoja de la consulta con los colectivos de transexuales y LGTBI de la localidad.

Dos Hermanas, marzo de 2017

glumly Vídeo del pleno