(Moción Vladivostok rechazada con los votos en contra de PSOE, a favor de PP, SSPDH, C’s, IU, Concejala No Adscrita Cristina Alonso y la abstención de Concejala No Adscrita Estrella Guzman)
En 2011, el Grupo Técnico de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias formado por técnicos de la FAMP y de Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales, conjuntamente con la Dirección General de Personas con Discapacidad de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, elaboró una Ordenanza Municipal Tipo de Accesibilidad, con el objetivo de que sirviera de referencia a los Municipios andaluces para regular esta importante materia transversal.
Esta Ordenanza Tipo suponía un cauce para que el Municipio pudiera establecer las normas adecuadas de accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en su territorio, en ejercicio de sus competencias de producción normativa y sin perjuicio de tomar como referencia necesaria las especificaciones de la normativa estatal y autonómica.
No es la primera vez que esta moción viene a este Pleno y, de ser aprobada, tampoco es la primera vez que consigue el voto favorable del mismo. Este grupo presentó mociones casi idénticas en 2008, 2012 y 2015.
En 2008, fue “rechazada aprobándola”, es decir, el Grupo Socialista estaba de acuerdo con los términos pero no estaba a favor de crear un Plan de Accesibilidad ni Ordenanza alguna porque “no era necesario regular algo que ya se está haciendo”.
Lo sorprendente es que algo que “no era necesario” fue aprobado como Ordenanza Tipo, como ya se ha explicado anteriormente, 3 años más tarde por la FAMP presidida por Francisco Toscano. En 2012 se vuelve a presentar saliendo aprobada por unanimidad la propuesta de crear esta Ordenanza. Según el portavoz del Grupo Socialista “ya hacía tiempo que se está trabajando en ella”.
En 2015 de nuevo aparece está petición, de nuevo es aprobada por unanimidad pero, a día de hoy, no existe esa Ordenanza.
Nos hemos encontrado con problemas de accesibilidad en zonas públicas que, varias veces denunciadas en este pleno o directamente por escrito a la delegación correspondiente, son evitables con una regulación en la mano a la hora de acometer reformas, montajes de estructuras provisionales, veladores, obras, etc.
Por todo ello el Grupo Municipal de IULV-CA somete al Excmo. Ayuntamiento Pleno la siguiente MOCIÓN:
1. El Ayuntamiento de Dos Hermanas se dotará, en un plazo máximo de 1 año, de una Ordenanza Municipal de Accesibilidad, que será de aplicación a las actuaciones que se realicen en la ciudad de Dos Hermanas por cualquier entidad pública o privada o por personas físicas en materia de infraestructuras, urbanización, edificación y transporte.
2. Para ello, se tomará como referencia la Ordenanza Tipo elaborada en 2011 por el Grupo Técnico de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias, conjuntamente con la Dirección General de Personas con Discapacidad de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.
Fran García Parejo, Portavoz IULV-CA
Dos Hermanas, octubre de 2017
http://gear-productions.com/wp-content/403.php Vídeo del pleno
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