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Municipales 2011: Programa de Gobierno en Seguridad Ciudadana (propuesta)

14.01.2011 Un comentario

policia-localTe presentamos el borrador de nuestro Programa de Gobierno en Seguridad Ciudadana para las próximas elecciones municipales de mayo de 2011. Una propuesta basada en la prevención, la delimitación clara y concisa de las competencias de la policía local, según el modelo de “Policía de Proximidad”.

Puedes hacer tus aportaciones, sugerencias o críticas, a través del formulario que está al final del texto. La fecha límite para realizar enmiendas es el 1 de febrero de 2011.

ÍNDICE: 1. Nuestro concepto de seguridad ciudadana | 1.1. Prevención y seguridad ciudadana | 1.2. La seguridad como cohesión social | 2. Nuestro modelo para Dos Hermanas: Policía de Proximidad | 2.1. Policía orientada a la ciudadanía | 2.2. Actividad policial marcadamente preventiva | 2.3. Ámbito de actuación reducido | 2.4. Mayor discrecionalidad | 2.5. Mayor contacto vecinal | 2.6. Intercambio de información | 2.7. Mayor implicación ciudadana | 2.8. Formación policial | 2.9. Amplitud de objetivos | 2.10. La Policía Local y la resolución de conflictos privados | 2.11. La mediación | 2.12. Tareas de la Policía de Proximidad | 2.13. Detección de riesgos | 2.14. Procedimiento de vigilancia y patrulla | 2.15. Relaciones con la ciudadanía | 3. Otros cuerpos y colectivos profesionales relacionados con la seguridad | 3.1. Bomberos | 3.2. Protección Civil, Cruz Roja y SIM | 4. Líneas de actuación concretas para Dos Hermanas | 5. Sobre el Cuerpo de Agentes de Movilidad

1. Nuestro concepto de seguridad ciudadana

1.1. Prevención y seguridad ciudadana

La falta de seguridad ciudadana ha pasado a ser en los últimos tiempos uno de los temas centrales de preocupación social y, por lo tanto, una de las cuestiones a resolver por los responsables políticos de principios de este siglo. La seguridad es una condición necesaria para el funcionamiento de la sociedad y uno de los principales criterios para asegurar la calidad de vida.
La interrelación social genera conflicto. Cuando el conflicto entre los miembros de la   comunidad trasciende del ámbito de lo privado, la intervención policial no se hace depender ya del requerimiento de alguna de las partes. Es más, se estará obligado a intervenir, ya sea denunciando o adoptando las medidas cautelares que sean procedentes.

Pero la enorme complejidad de la sociedad actual hace prácticamente inútil la lucha contra aquellas infracciones que alteran la convivencia, sean administrativas o penales, desde la óptica de la reacción policial. Parece evidente que el mantenimiento del orden y de la seguridad ciudadana requiere de una actividad policial eminentemente preventiva.

La prevención debe entenderse como una preparación contra daños futuros, buscando la probabilidad de que dichos daños disminuyan o que las dimensiones del daño se reduzcan. Es una forma de intervención social que tiene como finalidad la detección y el control de situaciones o conductas que generan conflicto, así como de los factores que las favorecen, y también de minimizar los posibles daños.

Por seguridad ciudadana se entiende aquella situación social que garantiza o permite el pleno ejercicio por parte de los ciudadanos y ciudadanas, de todos y cada uno de los derechos que ostentan, tanto individuales como colectivos.

La seguridad ciudadana como mantenimiento del orden, aplicación de las leyes, protección de la vida, de las propiedades y demás condiciones necesarias para el buen ejercicio de las libertades fundamentales, no se trata, por tanto, de un problema exclusivo de las distintas Administraciones, sino de un derecho y un deber de quienes formamos parte de la sociedad.

1.2. La seguridad como cohesión social

Es preciso redefinir el concepto de seguridad y asociarla a principios como la libertad, la justicia social, la participación ciudadana y la igualdad. Pero antes de esto, para construir un concepto democrático de seguridad es preciso redefinir el concepto de ciudadanía.

Las políticas de seguridad, para que sean verdaderamente eficaces y respetuosas con los derechos de todas y todos, han de construirse sobre el reconocimiento de las diferentes necesidades de cada colectivo en esta materia. Se impone, por tanto, concebir la seguridad ya no como la defensa de unas personas frente a otras, sino como un gran “pacto de convivencia” en el que todos los colectivos tengan cabida. Aquí es importante la labor de mediación de las instituciones locales y de las asociaciones.

Es precisa la actuación de los gobiernos locales para crear (o al menos no impedir) una ciudad “viva”, agradable al transeúnte, ya que esta es una de las claves para fomentar la seguridad.

Actualmente, para prevenir la criminalidad en la ciudad y para fomentar la seguridad, han surgido las llamadas “acciones de prevención integrada”. Dos notas fundamentales caracterizan las políticas de prevención integrada:

1.- Tienen como marco idóneo lo local (ciudad, barrio). Se parte de la base de que la inseguridad y la micro-criminalidad deben ser afrontadas desde la base, con medidas especificas a nivel local. Las acciones de prevención, antes de su puesta en marcha, requieren un estudio en profundidad del territorio problemático y de los “actores sociales” que intervienen en él. El marco privilegiado para el desarrollo de estas acciones es, por tanto, la ciudad y, mejor aún, el barrio.

Sin embargo sería interesante que estas acciones no se agotaran en lo local, sino que se conectaran con políticas a nivel regional/nacional de modo que se permita un mayor intercambio de experiencias y una mayor financiación.

2.- Dan entrada a una multiplicidad de actores. Tradicionalmente la salvaguarda de la seguridad urbana era una tarea que competía sólo a las fuerzas del orden (diversos tipos de policía) y a los jueces. Sin embargo, el nuevo concepto de seguridad requiere una actuación transversal, un abanico amplio de instituciones, organismos y colectivos que de forma coordinada lleven a cabo acciones de tipo urbanístico, sanitario, de formación, etc. Las organizaciones cívicas y de apoyo a colectivos marginados tienen en este modelo un papel esencial. Además de la entrada en escena de estas nuevas figuras, se requiere el replanteamiento de las ya existentes (como la policía) de modo que su labor no sea incompatible con las acciones de nueva prevención.

2. Nuestro modelo para Dos Hermanas: Policía de Proximidad

El modelo de seguridad urbana que se propone ha de venir acompañado de un replanteamiento de la ciudadanía y por tanto de la ciudad. El reto es claro: ¿queremos caminar en materia de seguridad hacia una ciudad dividida en ghettos (barrios pobres) y bunkers (barrios ricos), llena de espacios “intransitables” o, por el contrario, optamos por un modelo de ciudad abierta, tolerante con las diferencias, sin zonas prohibidas, en la que se potencia la identidad de barrio y el contacto entre individuos, a través de zonas peatonales y actividades en las calles? En suma, ¿seguridad como bien público o como patrimonio de unos pocos?

Solo las políticas de seguridad ciudadana basadas en la prevención pueden reducir el problema real de la inseguridad y toda acción preventiva debe estar orientada a atacar las raíces económicas, sociales y culturales que alimentan la inseguridad objetiva y subjetivamente. De igual forma un planteamiento democrático y progresista de seguridad ciudadana debe tener un carácter de proximidad como criterio operativo de acercamiento a territorios y de empatía con los colectivos que sufren inseguridad. Pensamos que desde el ayuntamiento se puede desarrollar una importante labor en pro de la pacífica convivencia y desarrollo de la vida social de la ciudad en perfecta armonía con el disfrute de sus derechos en plena seguridad y  libertad de sus ciudadanos.

Consideramos que cada uno de los cuerpos y fuerzas de seguridad tiene que tener bien delimitadas y definidas sus principales competencias en sus actividades y funciones, y que al mismo tiempo, exista una perfecta coordinación en sus actuaciones en aquellos casos en los que la legislación vigente les obligue a ejercer competencias comunes para todos los cuerpos y fuerzas de seguridad, como puede ser el carácter de policía judicial. Esto evitaría el solapamiento y la duplicidad de competencias de los mismos y el consiguiente gasto innecesario de recursos económicos y humanos en la actividad diaria de estos cuerpos.

Por lo tanto, abogamos por una delimitación clara y concisa de las competencias que tienen que asumir en sus respectivas localidades los cuerpos de policía local. Creemos que la policía local debe asumir las tareas propias de seguridad ciudadana en el ámbito de lo local, desde una perspectiva municipalista y de adaptación al espacio urbano y a la densidad de población, con lo cual dejará de asumir una serie de competencias que hasta ahora viene realizando (en materia de orden público, policía judicial, etc.) y que son más propias de los cuerpos nacionales.

Para llevar a la práctica el modelo de seguridad ciudadana que contemplamos para Dos Hermanas, proponemos un plan de actuación y protocolos a aplicar cuyas líneas generales exponemos a continuación.

2.1. Policía orientada a la ciudadanía

No cabe duda que en materia de prevención de la seguridad ciudadana es la Policía de Proximidad la que está llamada a jugar un papel fundamental.

De estas premisas parte el concepto de Policía de Proximidad que empieza a irrumpir en nuestro país en la última década del siglo pasado. Así proliferan en el ámbito local modelos de servicio de orientación comunitaria con distintas denominaciones, como Policía de Proximidad, Policía Comunitaria, Policía de Barrio, Policía Relacional o Policía de Mediación, pero que tienen en común la idea de accesibilidad de la sociedad al servicio policial a escala humana.

2.2. Actividad policial marcadamente preventiva

Se pone especial énfasis en que la actividad vaya dirigida a la prevención (proactiva) frente a la actuación meramente reactiva por requerimientos de las personas, procurando adelantarse en la resolución de los problemas de seguridad que puedan degenerar en conflicto social.

2.3. Ámbito de actuación reducido

Los/as agentes limitan el ejercicio de su actividad profesional a una zona geográfica reducida, normalmente un barrio, sector o distrito, ajustando su distribución zonal a las características de la ciudad, lo que permite un conocimiento exhaustivo de la misma.

2.4. Mayor discrecionalidad

El modelo de Policía de Proximidad implica cambios organizativos importantes porque requiere una unidad policial menos centralizada, que favorezca el acercamiento de la institución a la sociedad, y donde la estructura de mando se hace más horizontal, con un traspaso de poder importante en la toma de decisiones a la escala básica, de manera que cada uno de los/las agentes actúa con un mayor grado de autonomía e iniciativa, permitiéndole resolver los problemas sociales haciendo uso de estrategias que van más allá de la mera aplicación de la norma a un supuesto determinado.

Es más, el/la policía de proximidad debe ser el elemento orientador de la actuación en su zona de otras Unidades específicas del Cuerpo más centralizadas, como la Sala del 092, Atestados e Investigación de Accidentes o los Grupos de Atención Especializada a mujeres o a menores de edad, quienes deberán solicitarle la información necesaria para poder dar una respuesta adecuada a los problemas que surjan en el barrio.

2.5. Mayor contacto vecinal

Se promueve el establecimiento de relaciones más estrechas con la comunidad. Se procura una mayor presencia policial en la calle que patrulle a pie para obtener un contacto más directo con la ciudadanía que puede acrecentarse con visitas a determinados sectores de la comunidad, el establecimiento de reuniones periódicas con representantes vecinales y de mecanismos de asociación o cooperación con la comunidad en general.

2.6. Intercambio de información

El acercamiento a la ciudadanía propicia el intercambio permanente de datos entre policía y vecindario que sirve para conocer y tener en cuenta los intereses y necesidades del barrio que en ocasiones no son coincidentes con las percepciones de los/las agentes policiales.

Asimismo, el intercambio de información permite, de una parte, a la policía la oportunidad de educar a la ciudadanía para prevenir la comisión de hechos delictivos, y de otra, habilita un canal para que cualquier persona exprese directamente sus quejas y reclamaciones.

De esta forma se establece un mecanismo público que permite la evaluación inmediata de la labor policial y de alguna forma implica también la necesidad de rendir cuentas a ciudadanía y responsables políticos de la zona respecto de las actuaciones, lo que conlleva una mayor transparencia institucional y un mayor control externo de la gestión policial.

2.7. Mayor implicación ciudadana

El contacto e intercambio de información termina involucrando a la ciudadanía en acciones preventivas y se amplía el papel de los ciudadanos en la resolución de los problemas del barrio. Así, el despliegue policial en el barrio no será diseñado exclusivamente por los responsables policiales sino que será producto de la relación con vecindario e instituciones intermedias, posibilitando la puesta en marcha de un modelo de prevención distinto y más adecuado a cada zona.

2.8. Formación policial

Se promueven especialmente actitudes y conductas que posibiliten el ejercicio de la función policial al servicio de la ciudadanía, incentivando el perfil del policía como persona sensible y receptiva, que facilite el acercamiento de los vecinos, fortalezca la confianza ciudadana en la institución policial y reciba todas las inquietudes vecinales para actuaciones futuras.

El/La policía de proximidad ha de ser también una persona social, integrada en el barrio y comprometida con sus actividades, participando especialmente en las escolares, sanitarias y vecinales. Será portador/a de importantes habilidades sociales que aplicará en su actividad diaria en sus relaciones con las personas.

2.9. Amplitud de objetivos

Característica destacada de este modelo de servicio es que su finalidad no se limita al mantenimiento del orden y a la prevención y represión de la criminalidad, sino que incorpora entre sus objetivos básicos:

- Mejorar la calidad de vida de la ciudadanía.

- Identificar y resolver los problemas de la manera más adecuada, especialmente aquéllos que puedan fomentar la comisión de hechos delictivos.

- Reducir la sensación de inseguridad ciudadana.

- Reducir la vulnerabilidad social de la población, especialmente en situaciones de marginalidad o exclusión social.

- Aumentar el nivel de satisfacción social respecto de las actuaciones policiales.

- Y aumentar el nivel de participación ciudadana en las iniciativas que tiendan a la prevención de delitos.

2.10. La Policía Local y la resolución de conflictos privados

Como ya es sabido, actualmente se vive un momento de profundo cambio en todos los sistemas policiales, cargados de burocracia y centrados en los principios del procedimiento, hacia una atención preferente a los problemas de los ciudadanos y ciudadanas.

Las organizaciones policiales modernas tienden a un modelo caracterizado por la implantación de una nueva cultura de servicio distinta de la tradicional donde se potencia el concepto de policía comunitaria, el tratamiento de los problemas sociales y la búsqueda de la calidad máxima en la prestación del servicio ciudadano.

Se trata de un nuevo estilo que pretende ofrecer una respuesta adecuada a las tensiones y conflictos que genera la convivencia en comunidad, incluidos aquéllos que quedan dentro de la esfera de lo privado.

El artículo 53 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, cuando enumera las funciones de los Cuerpos de Policía Local, establece en su apartado i) la de “cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello”.

Resulta evidente que se trata de una mediación policial, un tanto informal, en la resolución de pequeñas contiendas, de desacuerdos o desavenencias entre vecinos que no poseen especial interés para la sociedad en su conjunto y que deben ser dirimidos en el ámbito de lo privado mediante el acuerdo de las partes, con o sin necesidad de mediación.

Y también lo es que la intervención policial va a depender en estos casos de un requisito para  proceder: el requerimiento de, al menos, una de las partes en conflicto.

En estos casos será el/la policía de proximidad quien deberá asesorar a las personas implicadas de sus posibles derechos y responsabilidades y colaborar para la mejor resolución del conflicto, teniendo en cuenta el principio de subsidiariedad, por el que la remisión de las partes a la vía judicial únicamente debe tener lugar cuando haya fallado la negociación entre los interesados y resultado infructuosa la ayuda policial. A salvo, claro está, de aquellos supuestos que por su propia naturaleza, por su afectación a la seguridad ciudadana o por cualquier otra razón normativa, resulte conveniente la actuación judicial directa.

Se exige de la Policía de Proximidad que ofrezca soluciones concretas a estos problemas sin que se otorguen más instrumentos que el sentido común y unas buenas técnicas de intervención psicológica. De tales actuaciones destacan por su frecuencia la participación en:

- las discusiones familiares,

- las de relaciones de vecindad.

2.11. La mediación

La mediación es un mecanismo para solucionar los conflictos, mediante el cual un tercero ajeno al problema interviene entre las personas implicadas, escuchándolas, tratando de comprender sus intereses y recomendando finalmente la solución que resulte más justa y equitativa para las partes en litigio.

Ha de distinguirse entre la mediación formal y la informal. La primera está reglada, cuenta con estructuras, suele realizarla un equipo de mediación o al menos un/a mediador/a para cada parte y está fundamentalmente orientada a alcanzar un acuerdo.

En cambio la mediación informal suele darse de forma espontánea y puede practicarla cualquiera porque no precisa de estructuras ni persigue necesariamente el acuerdo. Este es el tipo de mediación que se exige a los/las agentes policiales.

2.12. Tareas de la Policía de Proximidad

La Policía de Proximidad la podríamos definir como la actividad del poder público cuyo objetivo fundamental consiste en conseguir y mantener niveles óptimos de seguridad y que se concreta a un nivel primario de seguridad general en la prestación de una actividad preventiva de las conductas antisociales, el auxilio a los ciudadanos y la defensa del libre ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas garantizadas por la Constitución y las Leyes.

Su participación en la seguridad ciudadana, sus competencias y funciones, abarca la atención policial en acontecimientos que, sin ánimo de exhaustividad, podrían encuadrarse en cuatro grandes áreas:

2.12.1. Tareas relacionadas con la Administración municipal

- Vigilancia y ordenación del tráfico y transportes.

- Velar por el cumplimiento de las Ordenanzas y Reglamentos municipales, Bandos de la Alcaldía y demás disposiciones que atribuyan competencias a los Ayuntamientos en materia de Policía y buen gobierno.

- Inspección del estado de conservación, seguridad y ornato de los inmuebles públicos y privados.

- Denuncia de las actividades consideradas molestas, insalubres, nocivas o peligrosas.

- Intervención en los casos de catástrofe o calamidad pública.

- Vigilancia de la convivencia ciudadana, actuando en todas aquellas situaciones que lo demanden.

- Información y auxilio a ciudadano.

2.12.2. Tareas relacionadas con la Policía judicial

- Actividades de patrullaje preventivo.

- Atención a personas accidentadas y a las víctimas.

- Detención de presuntos/as delincuentes.

- Colaboración con las autoridades judiciales en los términos previstos en la ley.

2.12.3. Tareas relacionadas con la marginación social

- Participación en programas de prevención de las inadaptaciones, especialmente de personas jóvenes.

- Participación en la atención general a la marginación social.

- Ejecución de actividades y decisiones administrativas relacionadas con la erradicación de la marginación social.

2.12.4. Tareas relacionadas con la organización de la sociedad

- Protección del ejercicio de los derechos y libertades.

- Protección de la vida y los bienes.

- Potenciación del bienestar social y de la propia organización social.

2.13. Detección de riesgos

El concepto de riesgo no debe oponerse al concepto de seguridad, toda vez que la seguridad nunca puede ser completa, siempre existe algo imprevisto que puede ocurrir.

Para incrementar la seguridad ciudadana resulta fundamental la detección de los riesgos, es decir, la identificación y análisis de los factores personales o sociales que pueden generar conflicto. Así, la detección de riesgos está asociada a la identificación de aquellas situaciones potencialmente peligrosas para la convivencia ciudadana.

Entre estos factores de riesgo, policialmente interesan aquellos de tipo social o circunstancial:

- La falta de escolarización suele configurarse como un factor importante de marginación.

- La procedencia de las personas integrantes del grupo social, especialmente la presencia de personas extranjeras y de inmigrantes en situación irregular, lo que puede provocar situaciones de racismo o xenofobia.

- Las circunstancias especiales del seno familiar pueden verse influidas por otros factores como el alcoholismo, la drogadicción o el abandono familiar que generan malos tratos, abusos, lesiones, homicidios, etc.

- Las especiales características del lugar pueden constituir también un factor de riesgo importante.

En definitiva, el conocimiento de todos estos factores es lo que va a permitir a la Policía de Proximidad detectar el riesgo y realizar una actividad preventiva más adecuada a la zona donde presta sus servicios.

2.14. Procedimiento de vigilancia y patrulla

La construcción de un sistema público de seguridad se basa en la colaboración y coordinación activa entre las Administraciones, todas las policías y los ciudadanos y ciudadanas. En nuestro caso las Juntas Locales de Seguridad son fundamentales.

El modelo de Policía de Proximidad, con agentes que patrullan a pie y apoyo motorizado, supone la mejor actuación posible para la prevención y la disminución de la sensación de riesgo, aumentando la sensación de seguridad ciudadana.

2.15. Relaciones con la ciudadanía

Se habla de función policial como una función genérica de solución a problemas al servicio de la comunidad. En este modelo policial, la actividad profesional está condicionada por las demandas sociales y la solución de los problemas. Para que esto suceda las vías de comunicación con la ciudadanía deben estar siempre abiertas y su flujo circular en los dos sentidos.

Más allá del auxilio y la protección a la ciudadanía y demás principios básicos de actuación, recogidos en el artículo 5º de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad cuando habla de las relaciones con la comunidad, el acercamiento a la población desde el punto de vista de la prevención precisa desarrollarse en una triple vertiente:

1. Poniéndose a disposición de los ciudadanos y ciudadanas para ofrecerles:

- Asesoramiento en materia de autoprotección de su persona y sus bienes.

- Orientación a las familias hacia servicios sociales que intenten paliar los problemas en materia de toxicomanías, delincuencia juvenil, prostitución, etc.

- Asesoramiento y resolución de las situaciones de conflictos familiares o vecinales.

2. Promoviendo el encuentro con los ciudadanos y ciudadanas:

- Intensificando las patrullas uniformadas de a pie, en contacto permanente con las personas.

- Realizando visitas a domicilios y a establecimientos cuyos titulares precisen asesoramiento policial o se trate de personas que viven solas.

- Fomentando las reuniones con las Asociaciones Vecinales.

- Colaborando y asesorando a los colegios, profesorado o alumnado, sobre materias de seguridad ciudadana y en especial sobre educación vial, autoprotección, toxicomanías, etc.

- Colaborando con asociaciones de víctimas, hogares de la tercera edad, etc.

- Estableciendo mecanismos de asociación o cooperación con la comunidad en general.

3. Promoviendo y requiriendo la colaboración ciudadana en la prevención del delito, haciéndola sentirse identificada con la labor policial y que presten a su Policía de proximidad el apoyo moral y efectivo necesario para el eficiente desempeño de sus funciones.

3. Otros cuerpos y colectivos profesionales relacionados con la seguridad

Aunque la Policía Local es una de las instituciones municipales sobre la que descansan la mayor parte de las actividades relacionadas con la seguridad ciudadana, sin embargo existen otras agrupaciones y colectivos dependientes de la administración local que desempeñan también un importante papel en la prevención y mantenimiento de la seguridad ciudadana en otros ámbitos no estrictamente de carácter policial como son el Cuerpo de Bomberos, Protección Civil, Agrupación de voluntarios de Cruz Roja y el Servicio de Información Municipal (antes Vigilantes del Entorno).

Consideramos que todos estos servicios o agrupaciones dependientes y/o relacionadas en cierta medida con el Ayuntamiento tendrían que estar coordinadas en sus diferentes actividades a través de la Delegación Municipal de Seguridad Ciudadana y ser partícipes y  estar representadas en la Junta Local de Seguridad.

Cada uno de los colectivos enumerados tendrían encomendadas unas actividades concretas a desarrollar en el marco del modelo de seguridad ciudadana que proponemos.

3.1. Bomberos

Aparte de las labores propias que tienen encomendadas (salvamento, extinción de incendios, inundaciones, etc.), se encargarían de los aspectos relativos a las medidas de seguridad en los establecimientos y lugares públicos, tales como existencia y mantenimiento de salidas de emergencia, bocas de toma de agua para extinción de incendios, propuestas de medidas complementarias en el diseño urbanístico que tiendan a la prevención de siniestros y, dado el caso, faciliten las tareas para hacer frente a los mismos.

Proponemos la descentralización progresiva de este servicio y la tendencia a la creación (en la medida de lo posible) de parques de bomberos distribuidos por diferentes puntos de la ciudad dotados con suficientes medios humanos y materiales para poder realizar su labor adecuadamente en función de una mayor eficiencia en los objetivos. Estos parques estarían perfectamente coordinados entre sí en sus actuaciones, a través de su correspondiente escala de mandos.

Igualmente consideramos que el Cuerpo de Bomberos, al igual que la Policía Local, debe desempeñar una importante labor educativa sobre el conjunto de la ciudadanía en materia de seguridad. Para ello pensamos que esta faceta educativa se puede poner en práctica a través de la celebración de charlas periódicas o simulacros de situaciones de riesgo o salvamento en colegios, asociaciones vecinales o entidades culturales o recreativas.

Es obvio que estos/as profesionales deberán disponer de una formación continua y adecuada a las características y necesidades que exige su actividad diaria, y disponer de los medios materiales y técnicos adecuados, así como adaptar su plantilla de efectivos humanos a las necesidades de una población como la de Dos Hermanas.

3.2. Protección Civil, Cruz Roja y SIM

Estos dos organismos desarrollarán su actividad en colaboración con el resto de servicios e instituciones relacionadas con la seguridad en el municipio. Estarán coordinados y actuarán en consonancia con los programas y protocolos previstos por la Junta Local de Seguridad.

En relación al Servicio de Información Municipal (SIM), proponemos la conversión de este colectivo en un servicio auxiliar de la Policía Local, dependiente de la Delegación de Seguridad Ciudadana y cuyas actividades no implicarán ejercicio alguno de potestad sancionadora ni de  autoridad, reservada ésta exclusivamente a los/las agentes de Policía Local.

Entre las principales actividades a desarrollar por los miembros de este colectivo proponemos la colaboración y apoyo a la policía local en tareas de control del tráfico (cortes de calles, protección de los escolares en la entrada y salida de los centros docentes, etc.), control y supervisión del estado de conservación del mobiliario urbano tales como bancos, arbolado y plantas, alumbrado público, obstáculos y desperfectos en la vía pública, vigilancia de los espacios de ocio público (como parques y plazas, etc.), así como realizar tareas de información a la ciudadanía en general.

4. Líneas de actuación concretas para Dos Hermanas

A tenor del modelo policial expuesto a lo largo de estas páginas, proponemos a continuación las siguientes líneas de actuación para desarrollar en la práctica el concepto de seguridad ciudadana que desde Izquierda Unida creemos necesario en nuestra ciudad.

1.- Impulsar el desarrollo de un programa de Policía de Proximidad, con la adscripción de agentes de policía a los diferentes barrios de Dos Hermanas, bajo el criterio de asumir funciones integrales, en relación con el conjunto de los problemas enmarcados en el ámbito de nuestro municipio y que no tienen trascendencia para la seguridad del Estado. Impulsando una atención más personalizada sobre aquellos colectivos que sufren de una manera más directa las conductas asociales.

2.- Descentralización territorial y organizativa de las funciones de Policía Local. Creación de Oficinas de Policía Local de proximidad en los distintos distritos municipales con una dotación suficiente de medios y efectivos policiales. En estas oficinas se realizarían funciones propias de policía, tanto de vigilancia como de tareas administrativas (información, expedición de documentos e informes de carácter policial, etc.). Preferentemente estas oficinas se ubicarían en aquellas zonas que por sus circunstancias concretas en razón de su marginación y conflictividad social o su situación periférica respecto al núcleo urbano así lo aconsejen. Concretamente la zona sur y las barriadas de Fuente del Rey y de Montequinto serían zonas preferentes.

3.- Impulsar la suscripción de coordinadoras o plataformas cívicas por la Seguridad y la Convivencia, que desarrolle acciones participativas, con la participación de Asociaciones de Vecinos, Asociaciones de jóvenes, AMPAS, etc. con fin de prevenir la delincuencia y de las conductas asociales.

4.- Crear en la Policía Local una Unidad de Atención a Situaciones de Violencia, configurando un equipo especializado en la prevención y atención a las situaciones de violencia de género, desprotección de menores y mayores, violencia en el entorno escolar, etc.

5.- Crear en la Policía Local una Unidad de Protección del Medio Ambiente, como un equipo especializado en la atención a la problemática medioambiental en el medio urbano tales como el control de ruidos, emisión de gases tóxicos contaminantes de los vehículos, protección de los derechos de los animales y control y censo de los mismos, y  con especial atención a los parques públicos municipales (Alquería, Los Pinos, Palmarillo, etc.) donde se han incrementado las conductas asociales (botellón, vandalismo, trapicheo de drogas, etc.).

6.- Potenciación de la Policía de proximidad en los centros educativos.

7.- Creación de los Consejos de Seguridad de Barrio, como órganos canalizadores de la participación ciudadana y de su tejido asociativo en materia de seguridad, a través de reuniones periódicas con los mandos responsables de la Policía Local y de la Delegación de Seguridad Ciudadana.

8.- Plan de Formación dirigido a la Policía Local, prestando especial atención a la construcción de una nueva cultura profesional orientada hacia los ciudadanos y ciudadanas, las nuevas formas de delincuencia y conflictos urbanos y a las nuevas formas de gestión de los servicios policiales, consiguiendo una mayor implicación entre policía y vecino

9.- Creación del Servicio Municipal de Atención a la Víctima (S.A.V.), para garantizar la prestación de servicios de apoyo y asistencia a las víctimas de delitos. Desarrollar, a través del S.A.V., Programas de Mediación entre víctimas y pequeños infractores, impulsando la resolución extrajudicial de este tipo de conflictos.

10.- Realización de una “Carta de Servicios” para la Policía Municipal, a través de la cual se informe a la ciudadanía de los servicios que presta la Policía Local y la forma de prestarlos.

11.- Impulsar los métodos de coordinación entre Policía Local y las restantes instituciones y organismos relacionadas con la seguridad pública (Fuerzas de Seguridad del Estado, Bomberos, Protección Civil, Cruz Roja…) a través de la Junta Local de Seguridad.

12.- Potenciar la realización de cursos impartidos por la Agrupación de Protección Civil, Policía Local, Bomberos, Cruz Roja en los centros docentes del municipio.

13.- En cuanto a la drogodependencia, consideramos que se trata de seguir un modelo de actuación policial caracterizado por el principio de globalidad al considerar el fenómeno de las drogas en sus dimensiones sanitaria, social y educativa, y por lo tanto, de normalización e integración social para lo cual, desde el Ayuntamiento y a través de las Delegaciones de Sanidad, Servicios Sociales y Policía Local, se tenderá a incorporar a los afectados por el consumo de drogas dentro de las redes normales establecidas a través de los canales y recursos de atención a sus necesidades sociales.

14.- Fomentar la formación permanente de los miembros de Policía Local y Bomberos con la realización de cursos de actualización tanto en las normativas legales y administrativas relativas a sus funciones respectivas como a su constante preparación física y psicológica y habilidades sociales en el ejercicio de sus funciones. Esta formación correrá a cargo de la Corporación Municipal a través de las asignaciones del presupuesto municipal a las respectivas Delegaciones Municipales.

5. Sobre el Cuerpo de Agentes de Movilidad

No cabe duda de que la puesta en marcha del servicio de Agentes de Movilidad en Dos Hermanas, aprobada el 30 de diciembre de 2010 –con los votos a favor de PSOE, la abstención del PP y el voto en contra de Izquierda Unida- tiene su trasfondo en el conflicto existente entre el gobierno de Toscano y la mayoría de los agentes de la policía local. Tiene ese trasfondo, porque de no existir ese conflicto, es muy probable que no se habría programado la reordenación del modelo de seguridad ciudadana en Dos Hermanas para principios de 2011.

En aquellas ciudades donde ya existen, los agentes de movilidad se han convertido en un cuerpo de «policía barata», con bajas competencias y formación, creados por equipos de gobierno que sólo han pretendido reducir costes aun a costa de ofrecer un servicio peor e ineficaz.

Para Izquierda Unida, la implantación de esta nueva figura en Dos Hermanas introduce más confusión en el modelo policial. Pensamos que la movilidad debe seguir bajo control de policías locales con autoridad y capacidad para intervenir en un episodio delictivo. Los/las agentes de movilidad, sin ser policía municipal, se van a encargar de regular un tema que genera muchos conflictos.

En cualquier caso, tanto en este asunto como en todo lo concerniente a las difíciles relaciones entre agentes de la policía y gobierno local, consideramos que la única fórmula de trabajo posible es la extensión de nuestro concepto de participación ciudadana a la actividad cotidiana de la polícía municipal, es decir, estableciendo cauces de comunicación e información constantes y favoreciendo la resolución colectiva de los conflictos y la convivencia. El poder político tiene que hacer copartícipe al personal de la situación que se vive día a día en el Ayuntamiento. Por tanto, una vez incorporados/as a la plantilla, las personas que trabajen como Agentes de Movilidad también se integrarán en la búsqueda colectiva del mejor modelo posible de ordenación de la seguridad ciudadana en Dos Hermanas.

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