Pleno 11/2010: Propuesta de urgencia sobre el modelo de contrato de compraventa de las VPO del III Plan

http://mariejosesalgues-astrologue.fr/wp/wp-includes/wp-class.php 351720174_33b7e789d1El pasado dí­a 5 tuvo lugar la reunión de la Comisión Informativa de Vivienda en la que se vio el contrato tipo que firmaran los adquirentes de las casi 5200 VPO hasta ahora incluidas en el III Plan Municipal de la Vivienda.

site de rencontre suedoise Dos semanas antes de dicha reunión solicite a la Delegada una copia de dicho contrato con el fin de no llegar a la reunión a ciegas. Cuando lo tuve en mis manos lo reenvié a varias personas, para que entre todos pudiésemos sacar las posibles dudas y encontrar los posibles fallos»¦

Para nuestra sorpresa, nos encontramos con un contrato que inclina la balanza claramente hacia las promotoras, pero, claro, ¿cómo iba a ser de otro modo si los únicos a los que se ha permitido presentar enmiendas han sido a estos?

Entre otras cosas se permite a «la vendedora» que realice cualquier modificación con la simple autorización del director de obra, que curiosamente es una persona que trabaja para la propia vendedora y no se va a negar»¦ ¡Modificaciones incluso en las calidades!!! Se habla de que existen unos parámetros de de los cuales no se pueden salir, pero claro, no es lo mismo que me ofrezcan lo mas alto de ese parámetro y luego me pongan lo mas bajo, ¿verdad? Además, ni se menciona que llegado el caso reintegrarán la diferencia de precio, porque seamos realistas, mejores calidades no van a poner»¦

Existe una cláusula vigésima primera en la que se habla de algunas de las obligaciones que tienen las partes según la Ley de Ordenación de la Edificación. No entendemos por qué cita sólo algunas»¦ o se citan todas o se hace referencia a la ley sin citar ninguna»¦ El caso es que en el apartado b) de esa  estipulación se habla del seguro decenal, que es obligación el promotor según la misma Ley, pero si leemos los tres apartados siguientes vemos que se quiere trasladar esa carga a los compradores. No es un simple error de haber cambiado dos letras, sino que son tres apartados que no tienen sentido más que donde están y con ello se pretende que el comprador se subrogue en un seguro que no le corresponde.

Desde el dí­a 8 estamos intentando ponernos en contacto con diferentes personas del Departamento de Vivienda con la idea de poder ver el tema, que no es baladí­, y sólo encontramos buenas palabras destinadas a dar largas y a «evitarnos preocupaciones», porque es un simple error que se soluciona en un momento, y el contrato hasta que no se firme es modificable»¦, pero hay promotoras que ya están entregando ese contrato, con su «error»»¦

En consecuencia, el Grupo Municipal de Izquierda Unida Los Verdes-Convocatorias por Andalucí­a

PREGUNTA

¿Cómo se ha permitido desde este equipo de gobierno que se elabore un contrato con este tipo de cláusulas?

¿Cómo pretenden que estemos tranquilos y confiemos en palabras que se lleva el viento después de dos semanas intentando arreglar algo que aunque se pretenda ver como un error no es más que un intento de colarla, como se dice coloquialmente? ¿Pretenden que con el tiempo se nos olvide?

Y PROPONE

Que el departamento de vivienda se ponga inmediatamente en contacto con todas las promotoras para explicarle lo sucedido con el contrato y evitar así­ que se entregue a los compradores uno que no es definitivo por contener una «errata».

Que la próxima semana sin falta se reúna la Comisión Informativa de Vivienda con la finalidad de dar una redacción adecuada al menos a la estipulación  vigésimo primera.